Salta

Es ley el Régimen de Exámenes Toxicológicos para funcionarios de Salta impulsado por Gustavo Dantur

La Legislatura provincial sancionó el proyecto del diputado metanense que establece controles obligatorios, periódicos y aleatorios para detectar sustancias psicoactivas en autoridades de los tres Poderes del Estado, entes autárquicos y fuerzas de seguridad.

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En una jornada clave para la institucionalidad y la transparencia en la gestión estatal, la Legislatura de la Provincia de Salta sancionó con fuerza de Ley el proyecto presentado por el diputado provincial Gustavo Dantur, el cual crea el Régimen de Exámenes Toxicológicos Obligatorios para Funcionales Públicos.

La normativa busca afianzar los principios de responsabilidad, ejemplaridad, transparencia e idoneidad en el desempeño de la función pública, exigiendo que las máximas autoridades de la provincia se sometan a estudios preventivos para detectar el consumo de sustancias psicoactivas.

Alcance de la ley y funcionarios comprendidos

Según se especifica en el articulated normativo, quedarán obligados a realizarse las pruebas de laboratorio los integrantes de los tres Poderes del Estado, respetando sus autonomías constitucionales:

  • Poder Ejecutivo: Gobernador, Vicegobernador, ministros, secretario general de la Gobernación, secretarios, subsecretarios y autoridades superiores.

  • Poder Legislativo: Miembros de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores.

  • Poder Judicial y Ministerio Público: Magistrados y funcionarios, bajo el procedimiento que determinen sus órganos competentes.

  • Seguridad y Descentralizados: Autoridades superiores de las Fuerzas de Seguridad provinciales, entes autárquicos, sociedades del Estado y organismos de control. Asimismo, se invita a los municipios a adherir a la norma.

La norma aprobada establece que los exámenes tendrán carácter periódico (mínimo una vez al año) y aleatorio, pudiendo realizarse controles sorpresa durante el ejercicio del cargo sin que exista posibilidad de uso persecutorio o político-partidario.

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Los estudios deberán llevarse a cabo en establecimientos públicos o laboratorios acreditados, garantizando la cadena de custodia de las muestras, la confidencialidad y el derecho a contraprueba de los auditados.

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