La Corte de Justicia de Salta dispuso en acordada 13310 la no concurrencia del personal del Juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial 2 de Metán, que deberá continuar funcionando de manera remota con empleo de los medios electrónicos instalados.
Por otra parte, la acordada 13311 dispuso la no concurrencia del personal del Juzgado de Garantías de Anta, que también empleará medios remotos habilitados.
Estos aislamientos fueron dispuestos desde hoy hasta el viernes 15 de marzo inclusive, y quedó sujeto el reintegro a la evolución del estado de salud del personal.
Esto fue sugerido por el Servicio de Salud Ocupacional, ante el informe de un caso positivo de COVID-19 en cada uno de los juzgados.