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Nacionales

Cambian las normas para tarjetas de crédito según el DNU de Milei. ¿Qué significa para los consumidores?

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El decreto de necesidad y urgencia (DNU) que firmó el presidente Javier Milei y que con 366 artículos busca desregular diversos sectores de la economía de un solo plumazo, incluye un apartado dedicado a aplicar decenas de modificaciones a la Ley de Tarjetas de Crédito. El articulado se enfoca en reducir el poder de sanción del Banco Central sobre las emisoras de plásticos, al tiempo que libera comisiones y punitorios por incumplimientos. Curiosamente, dado el espíritu del decreto, mantiene el tope a las tasas que pueden cobrar. Pero compensa con muchos otros ítems por los que pueden aumentar ingresos las emisoras.

Un mercado enormemente regulado como el de los plásticos puede ser transformado radicalmente si el DNU supera las trabas parlamentarias y judiciales que se le presentan en el camino. Una transformación que especialistas en medios de pago tomaron de maneras diferentes, de acuerdo a si se mira la situación desde el punto de vista de los consumidores o desde el punto de vista del mercado.

“En términos generales, y como toda práctica de este DNU, los cambios en la ley 25.065 le quita poder de policia al Estado, le quita sanciones y topes a las empresas y le resta derechos a los consumidores”, resumió Ariel Setton, economista y especialista en medios de pago.
“Es positivo para la industria y para el consumidor. Saca del medio un montón de regulaciones que impedían poner precios diferentes para clientes diferentes, que suponen distintos niveles de riesgo. A la larga, termina incluyendo”, comentó por su parte Guillermo Barbero de First Capital Group.
¿Qué cambia para las tarjetas de crédito?

A través de ocho artículos, el Capítulo II del Decreto 70 de 2023 se dedica a desarmar mucho de la regulación que pesa sobre las tarjetas. De entrada, el artículo 14 del DNU borra nueve artículos de la Ley de Tarjetas que fijaban desde las condiciones de identificación que debe reunir un plástico para ser válido -una habilitación para emitir tarjetas sin titular explícito-, pasando por la forma en que tiene que estar redactado el contrato para la emisión de un plástico nuevo,la eliminación de sanciones para empresas emisoras, la reducción de obligaciones de información y hasta la derogación de la necesidad de informar mensualmente al regulador.
Entre estos artículos derogados se destaca un punto: se levanta la prohibición de informar a las “bases de datos de antecedentes financieros personales” los incumplimientos de sus clientes. El Veraz, si se quiere, será de acceso prácticamente libre para los emisores de tarjetas. Para los usuarios, esto implica que deberán hacer muy buena letra si no quieren quedar inmediatamente marginados de servicios financieros. Cualquier incumplimiento, por pequeño que sea, será conocido de inmediato por toda la industria financiera.

Tras un pequeño cambio, abstracto, sobre la definición de lo que es una tarjeta de crédito, la siguiente modificación es de alto impacto. La redacción vieja de la Ley establecía que el emisor era la “entidad financiera, comercial o bancaria que emita Tarjetas de Crédito”, mientras que ahora el emisor es “la entidad, de cualquier naturaleza, en tanto se encuentre previsto dentro de su objeto social, que emita Tarjetas de Crédito”. Es decir, en principio deja entrar más jugadores al mercado de tarjetas.

Como otros detalles, el nuevo texto elimina la distinción entre tarjetas físicas y virtuales, algo que en los hechos no cambia mucho dados los avances de la industria, para dar paso a otro cambio significativo: elimina prohibiciones a cláusulas contractuales que estaban prohibidas.

Hasta ahora, la Ley impedía que los emisores de plásticos incluyeran cláusulas “que impongan un monto fijo por atrasos en el pago del resumen” y otras “adicionales no autorizadas por la autoridad de aplicación”. Esto da margen a las emisoras para redactar con mucha más libertad a sus contratos, sumando ítems que el usuario deberá revisar con cuidado.
En otro punto, el DNU reemplaza el viejo artículo 15 que limitaba las comisiones que pueden cobrar a comercios. Y que regulaba las diferencias que podía hacer entre comercios del mismo rubro. También, ponía tope a los descuentos que puede aplicar a los comercios que cobran con tarjeta y al plazo en que debían pagarles. Todo ese texto desaparece y se reemplaza por otro que sólo obliga a los emisores a informar la tasa de financiación. Esto es un gran cambio para comerciantes.

“Como consecuencia de potenciales mayores comisiones o plazos de pago a comercios más chicos podrían perder acceso a pago con ciertos medios de pago”, explicó Setton.

A continuación, el nuevo texto cambia la regulación para los intereses punitorios. La ley establecía un tope del 50% por sobre la tasa de financiación. Ahora, ese tope desaparece: los emisores podrán cobrar los punitorios que quieran a los usuarios. La única condición es que no podrán capitalizar esos intereses punitorios.

En lo que es una vieja pelea de Sturzenegger -cuando estaba en el Banco Central el tema le valió un conflicto con camioneros- el texto recomienda, preferentemente, que los resúmenes mensuales sean electrónicos. La idea es bajar costos para las emisoras y, en consecuencia, para los clientes. Pero no es obligatorio.

Por último, el DNU mantiene las normas mínimas para la redacción de contratos de emisión de tarjetas, pero libera a las emisoras de la necesidad de contar con autorización de la autoridad de aplicación antes de elaborar sus contratos.

Se mantiene el tope a la tasa
Si bien el DNU abre espacio para que las emisoras cobren punitorios, comisiones e ítems extra de toda clase -elevando la rentabilidad de la actividad y permitiendo diseñar productos más a medida de cada cliente- llama la atención que uno de los puntos más resistidos por bancos y emisoras se mantenga sin cambios. El DNU no elimina el tope a la tasa de financiación -la tasa de interés en sí- que cobran las tarjetas. Se mantiene en un máximo del 25% adicional a lo que estos emisores cobran por préstamos personales y, para aquellos que no ofrecen préstamos personales, en un 25% adicional a lo que cobra el Banco Nación por préstamos personales.

“Estará en manos del Gobierno, a través del Banco Nación, fijar la tasa de préstamos personales, lo que hace que ese tope tenga mucho recorrido posible”, explicó Barbero.

Nacionales

Milei y Quintar: cómo manejan el PAMI mientras los jubilados pagan el precio

El manejo del PAMI por parte de Milei y Quintar genera preocupación entre sectores sociales y políticos. Denuncias y documentos señalan que decisiones estratégicas en la designación de cargos y la gestión de servicios esenciales podrían beneficiar intereses privados, mientras jubilados y personas con discapacidad enfrentan demoras y obstáculos en el acceso a sus derechos.

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Lo que durante meses circulaba como rumor en ámbitos políticos y administrativos de Jujuy, hoy se confirma con documentos y testimonios: la distribución discrecional de cargos en organismos nacionales y provinciales se habría convertido en una práctica consolidada, con el PAMI y la ANSES como escenarios centrales.

Fuentes oficiales señalan que Martín y Lule Menem habrían intervenido directamente en la designación de funcionarios, favoreciendo allegados y estructuras de confianza, dejando en evidencia una red de influencia que compromete la transparencia del sistema previsional.

En el ámbito local, el diputado Manuel Quintar aparece como beneficiario de estas decisiones. Según denuncias recibidas por este medio, Quintar habría colocado como director del PAMI provincial a Evaristo Bautista, administrador de su propia clínica privada, Los Lapachos. La movida generaría un evidente conflicto de intereses, al concentrar el control del servicio público y la gestión de su negocio particular en un mismo espacio.

Las irregularidades alcanzan también a la emisión de certificados de la ANDIS, requisito indispensable para que personas con discapacidad accedan a pensiones. Informes internos indican que dichos certificados provienen de la clínica de Bautista, generando un circuito cerrado que beneficia directamente al diputado, mientras los beneficiarios enfrentan demoras y trabas burocráticas que afectan sus derechos.

El panorama se completa con la participación del senador Ezequiel Atauche, quien según allegados a la gestión provincial habría respaldado estas designaciones, reforzando la percepción de complicidad política en torno a estas decisiones.

Consultados por este medio, voceros de PAMI y ANSES se limitaron a señalar que todas las designaciones se ajustan a la normativa vigente, sin entrar en detalles sobre los posibles conflictos de intereses ni la gestión de recursos destinados a jubilados y personas con discapacidad.

Las denuncias plantean interrogantes sobre la administración de fondos públicos y la ética en la designación de funcionarios, poniendo en el centro del debate la necesidad de mecanismos de control más estrictos y transparentes, que garanticen que los recursos destinados a los sectores más vulnerables no sean utilizados para favorecer intereses privados.

Mientras tanto, jubilados y beneficiarios continúan sufriendo retrasos en trámites y servicios, evidenciando una brecha entre las decisiones políticas y las necesidades reales de la población.

El caso promete derivar en investigaciones más profundas, tanto administrativas como judiciales, para determinar si los designios políticos han comprometido el derecho a la salud y a la seguridad social de los ciudadanos de Jujuy.

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Nacionales

La ANMAT recomendó no consumir tomate triturado de una reconocida marca por posible contaminación con gusanos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una alerta preventiva y recomendó no consumir tomate triturado de la marca Marolio, tras detectarse la posible presencia de gusanos en algunos lotes del producto. La medida afecta al lote L25114, con fecha de vencimiento en abril de 2027.

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una advertencia preventiva por la posible presencia de gusanos en envases de tomate triturado de una reconocida marca.
El organismo divulgó el caso “con el objetivo de proteger la salud de la población ante la aparición a simple vista de lo que parecieran gusanos, pero al microscopio se trataría de microstomum sp. que podrían encontrarse en el producto», según informaron en un comunicado. De acuerdo con los Institutos Nacionales de Salud de Estados Unidos (NIH, por sus siglas en inglés), Microstomum sp pertenece a los gusanos planos.

“Esta Administración informa a la población que el municipio de Rojas de la provincia de Buenos Aires ha sido alertado por familias que recibieron el siguiente producto a través de la distribución en escuelas: Tomate triturado, libre de gluten, marca Marolio, Peso Neto 500g, RNPA N° 13-061695, Lote L25114 (Vto. ABR 2027), elaborado por MAROLIO SA, Empedrado 2571 Ciudad Autónoma de Buenos Aires – RNE N° 13010369 – Producto de Mendoza», ampliaron en el documento.
ANMAT recomendó a la población que posea unidades de este lote que se abstenga de consumirlas y que se comunique con la autoridad sanitaria local, ya sea municipal o provincial. Además, instó a los comerciantes a cesar la comercialización del producto y a contactar a sus proveedores. Estas recomendaciones buscan evitar riesgos para la salud y facilitar la trazabilidad del lote afectado.

“El Instituto Nacional de Alimentos ha puesto en conocimiento a las Autoridades Sanitarias de las provincias de Mendoza donde se elabora el producto y distribuye con tránsito federal, y con la provincia de Buenos Aires (DIPA) a los fines de investigar el incidente y coordinar acciones entre las jurisdicciones actuantes”, precisaron.

/Infobae

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Metán

El viernes 15 de agosto fue declarado como día no laborable con fines turísticos

La medida fue adoptada debido a que día domingo 17, se conmemorará el Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín y fue establecido como feriado nacional no trasladable. La decisión sobre la prestación de servicios recaerá en el sector empleador privado.

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La Secretaría de Trabajo informó que el día 15 de agosto será considerado como día no laborable, con fines turísticos. Esto obedece a que el domingo 17, se conmemorará el Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín, fue establecido como un feriado nacional trasladable pero al caer domingo, queda fijo, según lo establecido en la Ley Nacional N.º 27.399 de feriados y fines de semana largos.

Cabe destacar que prevé su traslado únicamente cuando coincide con días martes o miércoles (para el lunes anterior) o días jueves o viernes (para el lunes siguiente).

De esta manera, al tratarse de día no laborable, la decisión sobre la prestación de servicios recaerá en el sector empleador privado. Esto quiere decir que, si se decide trabajar, el personal deberá cumplir su jornada habitual sin percibir una remuneración adicional. En tanto, si se decide no trabajar, los trabajadores estarán exentos de asistir, percibiendo igualmente su remuneración normal por ese día.

Feriados 2025

El artículo 7 de Ley Nacional N.º 27.399 de feriados y fines de semana largos, estableció para el año 2025 los siguientes días no laborables:

*- Viernes 2 de mayo.
*- Viernes 15 de agosto.
*- Viernes 21 de noviembre.

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