La Justicia de Metán ha vuelto a quedar en el centro de la polémica. El juez Sebastián Fucho homologó un acuerdo de juicio abreviado que condenó a seis años de prisión efectiva a un hombre de 32 años por el delito de abuso sexual con acceso carnal contra su sobrina de 13 años. Sin embargo, la resolución dispone que el condenado, lejos de ser trasladado a un establecimiento penitenciario, continúe cumpliendo su pena bajo la modalidad de arresto domiciliario.
El fallo judicial, si bien reconoce la responsabilidad del imputado, plantea una desconexión preocupante con la gravedad del hecho juzgado. El delito de abuso sexual con acceso carnal contra una menor, agravado además por el vínculo familiar —el agresor es tío de la víctima—, constituye uno de los ataques más brutales contra la integridad de una persona.
La decisión del juez Fucho de mantener el arresto domiciliario, bajo el argumento de una «orden previa», parece priorizar la comodidad procesal y el estado de detención del victimario por sobre la tranquilidad de la víctima y la contundencia que exige una pena de cumplimiento efectivo.
La crítica al uso de la justicia «abreviada»
El juicio abreviado, concebido inicialmente como una herramienta para descomprimir el sistema judicial, se ha convertido en una vía de escape que, en casos de abuso sexual, suele dejar un sabor a impunidad. Al evitar el debate oral y público la sociedad se ve privada de conocer los detalles del horror al que fue sometida la menor, limitándose a una instancia cerrada donde el agresor «reconoce» su culpa a cambio de beneficios de cumplimiento.
La permanencia del condenado en su domicilio, dentro de la misma comunidad, es un mensaje de debilidad institucional que revictimiza a la menor, quien debe convivir con el miedo latente de que su agresor se encuentra a pocas cuadras de distancia.
Si bien el magistrado impuso reglas estrictas —como la prohibición de contacto digital y físico, y la fijación de residencia—, resulta válido cuestionar quién garantiza que estas medidas se cumplan con la rigurosidad necesaria.
La Justicia de Metán, al validar esta modalidad, pone en jaque su credibilidad: Permitir que un abusador atraviese su condena en su casa no solo es un beneficio difícil de justificar, sino también una afrenta directa a la seguridad y la dignidad de la víctima, quien una vez más, queda relegada a un segundo plano por un sistema judicial que parece ser más garantista con el agresor que con la víctima.