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Salta

Proponen la implementación de jurados populares en Salta

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Los senadores Javier Mónico (Frente de Todos) y Jorge Soto (Compromiso por Salta) presentaron un proyecto para la implementación de juicios por jurados en la provincia de Salta. La propuesta se presentó la semana pasada y fue girada a la Comisión de Legislación.

Esta iniciativa ha preferido un modelo de juicio con jurado popular «tradicional clásico». Prevé que los jurados populares se implementen para los delitos graves del Código Penal que contemplan penas de prisión perpetua. Es el caso de los homicidios agravados, entre los que se encuentran los femicidios, penados por el artículo 80, y los delitos contra la integridad sexual que resulten con la muerte de la víctima, contemplados en el artículo 124.

«El juicio por jurados, en la modalidad clásica que tuvieron en vista los constituyentes, expresa el derecho a juz­gar en cabeza del pueblo, por considerarlo el sujeto jurídico más apto para ponderar la criminalidad de las acciones u omisiones del prójimo», fundamentaron los autores de la iniciativa parlamentaria.

Mónico dijo a Salta/12 que en la Comisión de Legislación «seguramente se acordará el tratamiento que se le dará o no. En lo personal y como presidente de la Comisión estimo que sí va a estar el proyecto como un asunto importante en la agenda», añadió.

El senador indicó que desde la Comisión tiene pensado invitar al ministro de Seguridad y Justicia, Marcelo Domínguez, como representante del Poder Ejecutivo, y a representantes de Corte de Justicia de Salta para que realicen aportes a la iniciativa.

«En lo personal ya hemos ido hablando con el ministro y con la gente de la Corte para tratar de avanzar sobre este tema», sostuvo. Además dijo que espera poder realizar intercambios de forma presencial o remota con «referentes de justicia de provincias de otras partes del mundo». Por todo ello se estima que el tratamiento del proyecto llevará su tiempo y no habrá un dictamen en lo inmediato.

Mónico ponderó diversos motivos para la implementación de los juicios por jurados. El primero de los que mencionó es la «participación ciudadana». «Que la comunidad tenga una voz en la determinación de la culpabilidad o inocencia de una persona, participación de los ciudadanos en el proceso judicial, sobre todo en delitos que por ahí lo que pueden traer es una conmoción social. Me parece que el sentimiento de justicia o la sensación de justicia, al momento de que sean los mismos ciudadanos quienes definan la culpabilidad o inocencia puede hacer que la justicia sea mejor vista y le daría a su vez mayor legitimidad al veredicto», consideró.

«Al tener un jurado compuesto por miembros de la comunidad, esas decisiones seguramente van a ser vistas como más legítimas y representativas de la ciudadanía, entendiendo que esto podría aumentar la confianza en nuestro sistema de justicia. Seguramente también un jurado integrado por ciudadanos, puede tener también diversas perspectivas y diversos puntos de vista venidos ya de su experiencia y vida misma. Esto puede quizás dar varios enfoques el momento de llegar a un veredicto que sea visto como más justo y equilibrado», añadió.

El senador consideró también que un jurado popular quizás pueda tener «una mejor comprensión» del contexto social y cultural en que se hayan cometido los hechos delictivos, «lo que puede ayudar a la interpretación y a la valoración de las pruebas», estimó.

Otro motivo para implementar este sistema, es «la educación cívica», que «mejoraría al participar los ciudadanos en el sistema de justicia», consideró el legislador.

La propuesta

La composición del jurado popular prevista por el proyecto es de 12 miembros titulares y cuatro suplentes. Además, estará dirigido por un solo juez, que podrá determinar que haya más suplentes según la gravedad o complejidad del caso.

Los senadores proponen que los jurados «serán hombres y mujeres en partes iguales y serán previamente capacitados», aunque se tiene en cuenta la paridad de género, no hay mención de la participación de las personas no binarias.

Además, para integrar un jurado una persona deberá contar con inscripción en el registro cívico electoral de la provincia, con domicilio en el distrito Judi­cial del que se trate; tener entre 18 y 70 años de edad; comprender el idioma nacional, saber leer y escribir; y contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos. «El jurado es independiente, soberano e indiscutiblemente responsable por su veredicto», señala la iniciativa.

Respecto a la competencia territorial, se indica que los juicios por jurados se realizarán en el distrito judicial en el que se hubiera cometido el hecho. Salvo la excepción de que el delito a juzgar «hubiera conmocionado a una comunidad de tal modo que no pudiera razonable­mente obtenerse un jurado imparcial», sólo en esos casos el juez podrá disponer, «a pedido del acusado y mediante auto fundado», que el juzgamiento se realice en otro distrito provincial.

El proyecto prevé que «el veredicto absolutorio del jurado es irrecurrible, y sólo el acusado y su de­fensa podrán apelar la sentencia condenatoria o la que imponga una medida de seguridad». Es decir que fiscalía o querella no podrán casar la sentencia ante el fallo de un jurado popular.

En lo que atañe a los casos en que no haya un veredicto con votos mayoritarios, se menciona la posibilidad de la realización de un segundo juicio. «Si no se alcanzare tal mayoría agravada, se realizará un nuevo debate a pedido del acusador. Si tanto el fiscal como el querellante desisten de continuar la acusación, el acusado quedará absuelto. En los casos, donde el veredicto sea de no culpabilidad no se admite ningún recurso, salvo que se demuestre soborno, amenaza o coacción sobre algún integrante del jurado», establece el proyecto.

En relación a los delitos que caen bajo la competencia del jurado, se señala que «su actua­ción es obligatoria y no depende de la aceptación del imputado, tal como ocurre en el modelo adoptado por la provincia de Buenos Aires». «Es que es un derecho de la ciudadanía», afirmaron los legisladores.

En 2019 antes de dejar su mandato, el exgobernador Juan Manuel Urtubey junto a la Corte de Justicia de Salta impulsaron un proyecto para implementar jurados populares. Aunque se anunció la remisión de la propuesta a la Legislatura después no llegó a tratarse. Mónico asumió como senador recién a fines de aquel año, consideró que la pandemia dificultó poner este tema en la agenda legislativa «cuando las prioridades pasaban por otro lado», «también había seguramente algunas cuestiones vinculadas con lo económico en la implementación de este tipo de juicios», conjeturó.

Mónico consideró que la limitación de este sistema sólo a casos que prevén la prisión perpetua, hará «menos onerosa» y más viable su implementación.

En el proyecto los autores mencionaron que en 2014 el Poder Ejecu­tivo, a través del entonces Mi­nisterio de Justicia, inició un proceso tendiente a la implementa­ción de jurados populares mediante «la realización de actividades de difusión, visitas institucionales, capa­citaciones y jor­nadas de sensibilización, y simulacros de juicios por jurados, en los que inter­vinie­ron especialistas nacionales y extranjeros, en orden a promover la participación ciudadana en la administración de justicia».

«Este proceso debe entrar ahora en un estado de definición en el contexto del reciente pronunciamiento de la Corte de Suprema de Justicia de la Nación en el caso ‘Canales’, donde se dejó claramente zanjada la antigua disputa que ponía en duda la facultad de la provincias para legislar sobre juicio por jurados a partir de las atribuciones que sobre la materia le confería al Congreso de la Nación la Constitución Nacional», consideraron en el proyecto.

Los legisladores indicaron que la Constitución Nacional «ordena el establecimiento del juicio por jurados en su artículo 24, perteneciente al capítulo denominado ‘Declaraciones, derechos y garantías’, debe entenderse que lo hace reconociendo la existencia de un derecho a ser juzgado por un jurado que debe ser garantizado por las provincias en ejercicio de la autonomía de organiza­ción de la justicia que les confiere el artículo 5° y en el marco de las facultades no delegadas que cons­tituyen el eje del sistema federal de acuerdo con el artículo 120″.

«El juicio con jurados tiene un rol esencial dentro del sistema de frenos y contrapesos del sistema republicano de gobierno», fundamentaron además los senadores.

Salta

Armas en Salta: Crece un 40% el interés por regularizar la tenencia ante el debate en el Senado

Mientras la Nación busca normalizar la situación de 800 mil armas irregulares, los salteños se vuelcan a las armerías para tramitar credenciales. El perfil del usuario se divide entre la caza y la defensa personal.

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El debate en el Senado de la Nación para regularizar la tenencia de armas de fuego en Argentina ha tenido un efecto inmediato en la provincia. Según referentes del sector, cada vez más ciudadanos buscan salir de la irregularidad y avanzar en la trazabilidad de su armamento, aprovechando que los tiempos administrativos del Estado parecen haber despertado de un largo letargo.

El propietario de una armería en Salta confirmó en diálogo con Radio LUP que el movimiento en el rubro aumentó significativamente. «Hay un 40% más de gente que se acerca, pregunta, consulta y hace su credencial o compra alguna arma», detalló el comerciante.

A pesar de que los requisitos siguen siendo estrictos, Yamin destacó una mejora en la burocracia estatal: «Antes había que esperar seis meses para un trámite. Ahora se aceleró bastante, pero las exigencias no cambiaron». Esta agilidad es vista como un incentivo para que aquellos que poseen armas heredadas o sin registrar decidan ponerse a derecho.

La presencia de armas en los hogares de la provincia parece ser una realidad extendida y cotidiana. «Un gran porcentaje de los salteños tiene armas en la casa», aseguró el comerciante, dividiendo el uso principalmente en dos grandes grupos: los que las utilizan para la actividad cinegética (caza) y aquellos que buscan defensa personal.

En cuanto a las preferencias del mercado local, el ranking de ventas lo encabezan las pistolas 9 milímetros, carabinas calibre .22 y escopetas.

Ingresar al mundo del legítimo usuario no es económico. Según los valores actuales del mercado, una arma corta parte desde los $400.000, mientras que los modelos de armas largas pueden superar los $600.000.

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Salta

Reforma Electoral en Salta: El debate entre la modernización del sistema y la sombra de la «Ley de Lemas»

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto que reconfigura las reglas de juego en la provincia. Mientras el oficialismo asegura que la medida ordena la competencia tras la eliminación de las PASO, la oposición denuncia un retroceso institucional y un elevado costo económico.

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En una sesión cargada de tensión y posturas encontradas, la Cámara de Diputados de Salta aprobó el proyecto de Reforma Electoral que ahora aguarda su tratamiento en el Senado. La iniciativa, que modifica sustancialmente el sistema de votación para legisladores e intendentes, se convirtió en el epicentro de una polarización política que divide aguas entre quienes ven una actualización necesaria y quienes alertan sobre una distorsión de la voluntad popular.

El nuevo esquema establece que los votos de las distintas listas que integran un mismo frente se sumarán para definir al espacio ganador en las categorías locales. Entre los puntos principales se destacan:

  • Acumulación de votos: Las listas internas (hasta cuatro por frente) suman para el espacio común.

  • Sin pisos mínimos: Se eliminan los porcentajes de votos requeridos para ingresar a la distribución de cargos por sistema D’Hondt.

  • Ficha Limpia y Salud: Se incorpora la obligatoriedad del narcotest para los candidatos.

  • Unificación: Se sintetiza la instancia interna y la general en un solo acto electoral.

Para los legisladores del bloque mayoritario, la reforma es la respuesta lógica tras la derogación de las PASO. El diputado Gustavo Dantur defendió la medida argumentando que permitirá «mayor claridad sobre las posturas políticas» y pidió no subestimar la capacidad de elección del ciudadano.

En la misma línea, la diputada Socorro Villamayor enfatizó que el proyecto termina con la «selección a dedo» de candidatos. «Se limita la cantidad de listas por frente, lo que facilita la comprensión del electorado y amplía la participación ciudadana», puntualizó, rechazando que el sistema sea un regreso a la cuestionada Ley de Lemas.

Desde la otra vereda, el rechazo fue rotundo por parte de los bloques de La Libertad Avanza (LLA), la UCR y el Bloque de la Reconquista. La principal crítica radica en que el sistema de sumatoria de votos podría beneficiar a candidatos que no fueron los más votados individualmente, emulando la Ley de Lemas derogada en 2002.

  • Retroceso democrático: La radical Soledad Farfán advirtió que la ley centraliza las decisiones en las cúpulas partidarias y debilita la participación.

  • Impacto económico: El diputado José Gauffín cuestionó la oportunidad de la reforma en un contexto de crisis: «Habrá mayor pobreza; esto va a costar una fortuna», alertó.

  • Cuestionamientos legales: Desde LLA, Franco Lastra calificó la medida de «anticonstitucional» y «poco transparente», mientras que María Elena Dadis denunció un tratamiento apresurado que no permitió un debate plural con especialistas.

  • Antecedentes: Guillermo Durand Cornejo recordó los riesgos de reinstaurar mecanismos donde «un voto podía terminar beneficiando a otro candidato».

Con la media sanción obtenida por mayoría, el debate se traslada ahora a la Cámara Alta. El oficialismo confía en convertir el proyecto en ley para aplicar las nuevas reglas en los próximos comicios, mientras que la oposición insiste en que la reforma busca «blindar» al poder de turno ante un escenario electoral incierto.

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Salta

Por ley, toda moto vendida en Salta debe entregarse con dos cascos

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor recordó la vigencia de la Ley Provincial N° 7685. El comercio tiene la obligación de incluir los cascos reglamentarios (para conductor y acompañante) dentro del precio de venta, sin costos adicionales ni como accesorios opcionales.

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Con el objetivo de proteger tanto el bolsillo como la integridad física de los salteños, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor lanzó una campaña informativa para recordar que la compra de una motocicleta nueva trae consigo un derecho irrenunciable: la entrega de dos cascos reglamentarios.

Según lo establece la Ley Provincial N° 7685, los comercios del rubro no pueden cobrar los cascos aparte ni ofrecerlos como un «regalo» opcional; estos elementos forman parte de la operación de venta. La normativa exige que se entregue un casco para el conductor y otro para un eventual acompañante, ambos debidamente homologados.

«Es fundamental que los consumidores conozcan sus derechos», señaló la subsecretaria del organismo, María Pía Saravia. «En este caso, además de garantizar una venta en condiciones justas, se trata de una medida que prioriza la seguridad y el cuidado de la vida», agregó la funcionaria.

Desde el organismo provincial destacaron que el espíritu de esta ley no es solo comercial, sino fundamentalmente preventivo. Al garantizar que el motociclista salga del local con la protección adecuada, se promueven conductas responsables y se contribuye a disminuir la gravedad de las lesiones en caso de siniestros viales.

¿Cómo denunciar si no te entregan los cascos?

Si un local comercial en Metán o cualquier punto de la provincia se niega a cumplir con esta entrega o intenta cobrar un excedente, el consumidor puede realizar el reporte de manera inmediata:

  • 📱 Vía Digital: Ingresando desde el celular a la plataforma oficial consumidorsalta.gob.ar y haciendo clic en la opción “Reportes”.

  • 📍 Presencial: En la oficina de la Subsecretaría (España 1350, Salta Capital), de lunes a viernes de 8 a 14 horas.

Conocer esta normativa es clave al momento de visitar una concesionaria. Si vas a comprar una moto, recordá que los cascos no son un accesorio: son tu derecho.

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