Connect with us

Salta

Feriado del 17 de junio: aclaran cómo se aplicará el descanso laboral y el traslado en Salta

La Subsecretaría de Trabajo detalló el esquema para el próximo período conmemorativo. El feriado nacional por el General Güemes se trasladará al lunes 15 de junio, mientras que el miércoles 17 regirá como «día no laborable» para el sector privado de la provincia.

Publicado

de

La Subsecretaría de Trabajo de la Provincia emitió un comunicado oficial con el objetivo de precisar las disposiciones legales vigentes de cara a la conmemoración del paso a la inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes, unificando criterios sobre cómo impactará la fecha patria en la actividad laboral tanto pública como privada.

De acuerdo con el marco legal que rige en el territorio, la Ley Provincial N.º 5.032/1976 fija que los días 20 de febrero, 17 de junio y 15 de septiembre poseen la condición de feriados provinciales. En sintonía, la normativa federal bajo la Ley Nacional N.º 27.258 ratifica el 17 de junio con estatus de feriado nacional en todo el país.

No obstante, la Ley Nacional N.º 27.399 dictamina que este homenaje al Héroe Gaucho posee un carácter trasladable. Al coincidir dicha efeméride con un día miércoles en este año 2026, el Poder Ejecutivo dispuso el traslado del feriado nacional para el lunes 15 de junio. Durante esa jornada de lunes, regirá el cese de actividades correspondiente a cualquier feriado tradicional, rigiendo los alcances de la ley laboral ordinaria.

¿Qué sucederá el miércoles 17 de junio?

La particularidad del esquema radica en la coexistencia de las dos leyes. El miércoles 17 de junio mantendrá su vigencia plena dentro de los límites de la provincia de Salta debido al profundo e inalterable valor histórico y de identidad cultural que reviste para el pueblo salteño.

Espacio publicitario

Sin embargo, para el universo del empleo privado, el ordenamiento legal prevé un tratamiento diferenciado:

  • Lunes 15 de junio: Funciona como feriado nacional trasladado. Aplican los regímenes de descanso dominical y pago doble en caso de ser trabajado.

  • Miércoles 17 de junio: Será considerado bajo la tipificación de “día no laborable” para el sector privado, conforme a lo estipulado por la Ley de Contrato de Trabajo. En estos casos, queda a estricto criterio del empleador si se trabaja o no, abonándose como una jornada laboral simple en caso de actividad regular.

Por último, desde el organismo del trabajo recordaron que todo este esquema normativo general puede verse modificado o complementado por cláusulas particulares presentes en los diferentes convenios colectivos de trabajo o por acuerdos específicos de cámaras empresariales según cada rama de actividad económica.

Facebook

Copyright © 2024. Todos los derechos reservados. Director: Sebastián Javier Rocha. GRUPO Salta Sur. - Domicilio: Sirio Libanes 1011. CP (A4440) Metán - Salta - Argentina. Propiedad Intelectual: En Trámite - En linea desde el año 2018

FM 102.5 — Escuchanos en Vivo PROGRAMA ACTUAL: Al Aire