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Salta

El gobierno de Salta impulsa cambios en la obra social provincial

Tomó estado parlamentario un proyecto de ley firmado por el gobernador Gustavo Sáenz con adhesión a la modificación basada en el DNU nacional 70/2023.

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El gobierno de Salta impulsa una modificación de la normativa que rige para la obra social provincial, el Instituto Provincial de la Salud de Salta (IPS). El proyecto de ley tomó estado parlamentario este martes. De aprobarse, afectaría a los afiliados de la obra social más grande de la provincia.

La iniciativa, firmada por el gobernador Gustavo Sáenz, dispone la adhesión de la provincia al artículo 2 de la Ley Nacional 25.649 modificada por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del Poder Ejecutivo Nacional. En resumen, establece que, a diferencia de lo que sucede en la actualidad, toda persona que se jubile de la administración pública provincial o municipal y tenga la obra social del IPS, pasará a ser afiliado del PAMI. El otro punto establece que toda receta que se extienda a los afiliados del IPS deberá hacerse con el nombre del medicamento genérico. Ambas modificaciones, según se interpreta, tienen como propósito generar un nuevo ahorro a las arcas provinciales-

Entre los argumentos del proyecto, que consta de solo cuatro artículos, se indica que al reconocerse solamente los medicamentos recetados en forma genérica, se racionalizará “el gasto de la mentada obra social, la cual se encuentra en proceso de normalización, resultando indispensable equilibrar la balanza entre ingresos y egresos, resultando esencial a tales fines el reconocimiento del costo de medicamentos que funcionan de la misma manera, pero su valor es manifiestamente inferior, evitando de esta manera gastos innecesarios”.  De esto se infiere que, en caso de querer una marca comercial determinada, el afiliado al IPS deberá pagar la diferencia.

En el proyecto el gobernador defendió la utilización de remedios genéricos, dijo que constituye “una herramienta eficaz para reducir los gastos asociados al consumo de medicamentos, mejorar la accesibilidad a tratamientos médicos esenciales y fortalecer la equidad en los sistemas de Salud”. Indicó que en el artículo 2 de la ley 25.649 se promueve que los pacientes tengan la posibilidad de optar por un medicamento de costo menor “fomentando paralelamente la competencia entre las industrias farmacéuticas, incentivando la innovación y la mejora continua en la calidad de los productos medicinales”.

Asimismo, afirmó que esto permite a los pacientes a optar por varias marcas con el mismo principio activo del medicamento prescripto.

Del IPS al PAMI

La norma adjunta establece que las personas afiliadas al IPS cesarán en su condición de tal al momento de obtener su jubilación.

El gobernador explicó también en el proyecto que esta medida “se adopta en el marco de la normalización de la entidad, con el propósito de adoptar herramientas que tiendan a evitar el desfinanciamiento de la obra social”.

Añadió que se tiene en cuenta que en el momento de obtener la jubilación “los beneficiarios pasan a obtener la cobertura del PAMI”.

El ingreso del proyecto generó ayer un revuelo entre oficialistas y opositores del saencismo. En el primer caso porque preocupa la reacción de la población que cuenta con la cobertura de la obra social provincial aún cuando se jubila. En el segundo, y sobre todo entre los sectores que responden al gobierno nacional, se analizó que habrá una masa importante de futuros jubilados y pensionados que deberán contar con cobertura del PAMI.

Por el momento, la obra social de la provincia se encuentra intervenida desde febrero, luego de haberse detectado deudas de unos 25 mil millones de pesos.

Salta

El 90% de las quiebras en Salta ya no son de empresas, sino de trabajadores agobiados

Un fenómeno sin precedentes sacude los tribunales salteños: el 90% de las quiebras declaradas hoy corresponden a personas físicas y no a empresas. Agobiados por deudas de tarjetas de crédito y préstamos encadenados, trabajadores en relación de dependencia recurren a la ley de concursos como última instancia para frenar el embargo de sus salarios.

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Salta atraviesa un cambio de paradigma en sus tribunales concursales. Lo que años atrás era un recurso casi exclusivo para empresas en crisis, hoy se ha transformado en una vía de escape para cientos de familias salteñas: el 90% de las quiebras declaradas en la provincia corresponden actualmente a personas físicas que han perdido el control sobre sus finanzas.

El perfil del deudor salteño es claro: trabajadores en relación de dependencia, mayoritariamente de entre 30 y 40 años, que se ven asfixiados por un círculo vicioso de deuda. Según explicó la jueza de Concursos y Quiebras de Segunda Nominación, María Victoria Ambrosini de Coraita, el proceso comienza casi siempre con el uso excesivo de tarjetas de crédito.

La dinámica del sobreendeudamiento suele seguir un patrón alarmante: el usuario toma préstamos para saldar el resumen de su tarjeta, al acumular nuevas cuotas, recurre a otros créditos, generando una bola de nieve impagable. Los descuentos automáticos de bancos y financieras terminan consumiendo la totalidad del salario, dejando al trabajador sin recursos para subsistir.

«Hay personas que ganan un millón de pesos y deben 20 millones», advirtió la magistrada, ilustrando cómo el acceso al crédito se ha convertido, para muchos, en una trampa legal y financiera.

El crecimiento de los pedidos de quiebra voluntaria es exponencial y no da señales de tregua. Mientras que en 2024 el Juzgado de Ambrosini registró 22 solicitudes, la cifra escaló a 165 en 2025. Sumando ambos juzgados del distrito centro, el año pasado se alcanzaron unos 300 pedidos.

La tendencia en 2026 es aún más preocupante: hasta el 10 de marzo, ya se presentaron 41 solicitudes, superando en poco más de dos meses la totalidad de los casos registrados durante todo el 2024. Entre los sectores con mayor incidencia se encuentran agentes de la policía provincial, docentes, personal de salud y empleados del sector privado, todos con un denominador común: la falta de bienes registrables a su nombre.

El proceso de quiebra personal funciona como una tabla de salvación legal: tras la declaración del juez, cesan las retenciones abusivas sobre el sueldo. A cambio, el trabajador acepta el embargo del 20% de sus ingresos durante un año para cubrir gastos judiciales y acreedores, recuperando así el 80% restante para su manutención. Una vez concluido el proceso, que demora entre dos y tres años, las deudas remanentes dejan de ser ejecutables.

Sin embargo, esta herramienta enfrenta un obstáculo mayor: la obsolescencia de la normativa. La ley de quiebras vigente tiene más de tres décadas y fue diseñada exclusivamente para la insolvencia empresaria.

“Se impone una reforma legislativa urgente para los consumidores sobreendeudados”, concluyó Ambrosini, quien advirtió que el sistema judicial actual está siendo forzado a resolver una problemática social y de consumo para la cual la ley no fue originalmente concebida.

Fuente: Informate Salta

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Salta

Salta bajo alerta: Un mapa vial colapsado por las intensas lluvias y crecidas

La provincia de Salta enfrenta una jornada crítica con múltiples rutas nacionales y provinciales afectadas por las intensas lluvias, presentando condiciones de transitabilidad restringida, cortes totales por crecidas de ríos y daños en infraestructura ferroviaria.

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La provincia de Salta atraviesa una jornada de extrema complejidad en su infraestructura vial tras las intensas precipitaciones registradas en las últimas horas. Según el último informe de la Subsecretaría de Defensa Civil, la mayoría de las rutas, tanto nacionales como provinciales, se encuentran transitables únicamente con extrema precaución debido a la acumulación de agua, barro, sedimentos y una visibilidad reducida.

El panorama es generalizado en toda la provincia, aunque con puntos de mayor gravedad se encuentran sobre la Ruta Nacional 9/34, en el tramo que une Rosario de la Frontera con Metán, se registra una gran cantidad de agua sobre la cinta asfáltica y banquinas irregulares, con maquinaria trabajando en la zona.

Sobre la Ruta Nacional 40, el tramo hacia el Nevado de El Acay (La Quesera) se reporta intransitable por acumulación de nieve. En la zona de Seclantas-Molinos, se advierte por la presencia de calamina intensa, pedregullo, zanjas y quebradas crecidas. En la Ruta Nacional 68 persiste la alerta en los puntos críticos de la Garganta del Diablo y la Yesera por presencia de sedimentos.

La red provincial presenta los cortes más severos, dejando a varias localidades aisladas. En el Departamento Orán, la Ruta Provincial 15 se encuentra intransitable a la altura del Paraje El Carmen por la crecida del río Bermejo , mientras que la Ruta 18 hacia Isla de Cañas está cortada por presencia de agua y barro.

En el Departamento Anta, la Ruta Provincial 5 permanece intransitable entre el Paraje Las Varas y el Totoral debido al ingreso de agua y lodo.

En Cafayate, la Ruta Provincial 44 (San Carlos-Corralito) y la Ruta Provincial 6 (Animaná-Corralito) figuran como intransitables por lodazal y la crecida del río Calchaquí, respectivamente.

En el sur de salta, Departamento San José de Metán, la Ruta Provincial 2 hacia Ojo de Agua está cortada para vehículos livianos a causa de pozos de grandes dimensiones.

La emergencia climática también ha impactado la red ferroviaria del Belgrano Cargas. Se reporta la interrupción del servicio en el Ramal C-12, a la altura de Joaquín V. González, por daños causados por la crecida del río Boquerón, y en el Ramal C en la estación Los Mogotes (La Candelaria), debido a la socavación de un terraplén. Personal de Trenes Argentinos Cargas se encuentra actualmente inspeccionando las zonas afectadas.

 

Recomendaciones a la población

Desde Defensa Civil enfatizan que las condiciones pueden variar rápidamente según los alertas meteorológicos vigentes. Se recomienda a los conductores:

 

  • Evitar cruzar arroyos o ríos con corrientes de agua fuerte.

     

  • Extremar la precaución ante la presencia de animales sueltos y neblinas en horarios de baja visibilidad.

     

  • Ante cualquier consulta, los ciudadanos pueden comunicarse con la Subsecretaría de Defensa Civil Salta a través de sus canales oficiales de redes sociales.

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Salta

Fallo histórico en Salta: El IPS deberá cubrir al 100% el apoyo escolar de un niño con autismo

La Justicia salteña falló contra el IPS, obligando a la obra social a cubrir el 100% del costo de maestros de apoyo escolar a valores nacionales. La sentencia, que protege a un niño con autismo, sienta un precedente clave al impedir que las restricciones presupuestarias limiten derechos fundamentales consagrados por la Constitución y la Ley Nacional de Discapacidad.

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En un fallo que sienta un precedente fundamental para la protección de personas con discapacidad, la Justicia de Salta ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) cubrir la totalidad del costo de la maestra de apoyo escolar para un menor con autismo. La resolución de la jueza Verónica Gómez Naar, de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, pone freno a la práctica de la obra social de liquidar servicios bajo nomencladores provinciales inferiores a los aranceles nacionales.

El caso se originó cuando la familia del niño, quien cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD), denunció que el IPS autorizaba el servicio de acompañamiento pedagógico, pero bajo valores muy por debajo de los establecidos por la Ley Nacional 24901.

Esta brecha obligaba a los padres a pagar la diferencia de su propio bolsillo para garantizar la continuidad del tratamiento pedagógico, el cual ha sido determinante para el desarrollo del menor en su entorno educativo.

La magistrada rechazó los argumentos del IPS, que se escudaba en no pertenecer al sistema nacional de salud y en el principio de solidaridad provincial. Los pilares del fallo se basaron en que la Ley Provincial 7600 obliga al IPS a brindar prestaciones básicas de atención integral basadas en el nomenclador nacional, no en valores arbitrarios inferiores.

La obra social deberá reintegrar y cubrir de aquí en adelante el 100% del costo de la maestra de apoyo. El fallo establece un paraguas de seguridad para el menor ya que el IPS deberá garantizar toda prestación médica, farmacológica o de rehabilitación futura que los médicos tratantes indiquen, sin que la obra social pueda poner trabas administrativas.

La jueza fue contundente al señalar que el derecho a la salud es el primer derecho humano garantizado por la Constitución Nacional y no puede ser supeditado a cuestiones presupuestarias o administrativas.

La resolución enfatiza el principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos. Esto significa que, una vez iniciado un tratamiento que ha demostrado beneficios para el paciente, el Estado y las obras sociales no pueden interrumpirlo ni reducir la calidad o cantidad de la cobertura, ya que implicaría un retroceso en los derechos ya adquiridos por el menor.

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